¿Puedo definir el castigo sin pensar en el reforzamiento?
Desde una perspectiva psicológica, o siendo más específicos desde una tradición conductual, cuando hablamos del castigo nos referimos al proceso en el que hay disminución en una respuesta debido al evento seguido y ocasionado por dicha acción. Ese decremento no se suele dar solo en el número de veces en que realizamos esa respuesta o acción, sino también en su tiempo de duración, fuerza o intensidad.
El castigo se ha dividido en dos tipos, el positivo y el negativo, en el castigo positivo la disminución se da por la aparición de un estímulo aversivo o desagradable, por ejemplo, basta con que acerquemos una vez las manos al fuego para no volverlo a hacer. En el castigo negativo se retira un estímulo apetitivo o agradable, en este caso si un niño se comporta mal la madre puede quitarle el celular o algún juguete.
¿Desde un inicio se ha definido así?
Si bien la anterior definición y tipología han sido las más extendidas y usadas en la actualidad, en sus inicios no fueron bien recibidas, por el contrario, hubo una gran oposición por considerar el castigo como un proceso que afecta de manera independiente en la respuesta castigada, criticando no solo su definición sino también su funcionamiento y efectividad.
Entre los opositores más grandes se encontró Murray Sidman, el cual postuló que el castigo se da de manera indirecta a través de ciertas condiciones de reforzamiento. Recordemos que el reforzamiento es el aumento en la respuesta por la aparición de un estímulo apetitivo (reforzamiento positivo) o por la desaparición de uno aversivo (reforzamiento negativo).
En el castigo positivo según esta idea, con el estímulo aversivo no disminuimos directamente la probabilidad de que se dé la respuesta, sino que promovemos que el organismo evite o escape de él, impidiendo que haga la respuesta que pretendemos castigar. Imaginemos la situación del fuego, después de la primera vez en que nos acercamos a él, en las siguientes, lo que haremos es mantener una distancia o si está cerca nuestro alejarnos, de esta manera por más que extendamos el brazo si nuestra distancia es prudente no tendremos contacto con él.
Por otro lado, en el castigo negativo, cuando retiramos un estímulo apetitivo, lo que en realidad hacemos es disminuir las veces en que se presenta un reforzador positivo. Pensemos en el caso del niño, esperaríamos que en el futuro deje de comportarse inadecuadamente como lo hizo antes, para que su madre no le quite el celular o el juguete.
De manera resumida podríamos decir que el castigo positivo se da mediante el reforzamiento negativo y el castigo negativo como una disminución en el reforzamiento positivo, en palabras del propio Skinner cuando estudiamos el castigo lo que en realidad nos preguntamos es: “¿Cuál es el efecto de retirar un reforzador positivo o de presentar uno negativo?”.
¿Qué se ha encontrado?
A favor de la hipótesis del castigo como proceso directo algunos estudios han explorado el tiempo entre una respuesta y otra, aumentando cada vez más el tiempo que debe transcurrir para poder emitir cada acción sin recibir un castigo, encontrando una disminución en la respuesta. Así, a menos que afirmemos que la ausencia de respuesta es una forma de evitación o escape, el castigo se presentaría, pero no habría reforzamiento negativo.
Otros estudios han comparado situaciones en las que se establece una respuesta de evitación o escape para un estímulo aversivo, en contra de otras donde no es posible realizar acciones alternas a las que se está castigando, encontrando que en la primera situación la disminución no es tan alta ni tan efectiva como en la segunda.
En modelos cuantitativos formulados desde la ley de igualación se ha planteado que el reforzamiento actúa de manera complementaria a pesar de que el efecto del castigo es directo, así, se cree que el castigo disminuye el valor que tiene para el individuo la opción de respuesta castigada, haciendo más valiosas las otras opciones. Para dicha formulación también hay objeciones a favor del efecto indirecto del castigo, mencionando que en realidad el castigo aumenta el valor de las alternativas de respuesta. Aunque a partir de ambas adaptaciones de la ley de igualación se han realizado varios estudios, no son del todo concluyentes y dependiendo de la situación es adecuado que aceptemos una hipótesis u otra.
¿Qué debemos pensar del castigo?
Aunque la discusión es interesante en general hay muy pocos estudios que aborden el tema y los que hay en realidad no parecen ser del todo concluyentes, lo que al menos nos sugieren los datos es que el reforzamiento y el castigo están más relacionados de lo que creemos, ya que el castigo no es del todo independiente del reforzamiento. Quedará por definirse si el efecto del castigo es directo y por lo tanto si merece estudiarse como un proceso distinto al de reforzamiento.
Referencias
- Fontes, R. M., & Shahan, T. A. (2021). Punishment and its putative fallout: A reappraisal. Journal of the experimental analysis of behavior, 115(1), 185-203.
- Holth P (2005). Two definitions of punishment. The Behavior Analyst Today, 6, 43–47.
- Skinner, B. F. (1953). Ciencia y conducta humana [Science and human behavior]. Barcelona: Fontanella. Original document published.